30 abril, 2025

Nota informativa: Escolarización 2023/2024

Escolarización-23-24

NOTA INFORMATIVA

¿QUIÉNES DEBEN SOLICITAR UNA PLAZA ESCOLAR?
? Quien opte por otro centro docente público o privado concertado distinto del que le corresponde por adscripción.
? Quien haya sido informado por la dirección del centro docente público o la titularidad del centro docente privado concertado en el que finaliza estudios, que está adscrito a varios centros (adscripción múltiple), mediante el Anexo II de la Orden vigente que regula la admisión.
? Quien estando matriculado en el curso escolar actual en un centro docente público o privado concertado desee cambiar a otro centro a un curso sostenido con fondos públicos.

¿QUIÉNES NO DEBEN SOLICITAR UNA PLAZA ESCOLAR?
? El alumnado que, en el curso escolar actual, esté matriculado en un centro docente público o privado concertado en un curso sostenido con fondos públicos y desee continuar en dicho centro, en el siguiente curso escolar, en un curso sostenido con fondos públicos.
? Aquel alumnado que, en el curso escolar actual, esté matriculado en el último curso de alguna de las etapas educativas de un centro docente público o privado concertado y vaya a cursar el primer curso de la etapa siguiente en el centro al que esté adscrito, salvo que concurran las circunstancias previstas en la adscripción múltiple. De la adscripción autorizada será informado por la
dirección del centro público o la titularidad del centro privado concertado en el que se encuentra matriculado en el curso actual.

nota:  Está adscrito a este Centro, para cursar 1º de E.S.O., el alumnado procedente de los centros C.E.I.P. Tínar – 18000052, C.E.I.P. Abadía – 18601001 y C.E.I.P. San Isidro Labrador – 18000076. Los tres primeros no están adscritos a ningún otro centro, y en consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 21/2020, queda garantizada la admisión de su alumnado en este Centro.