28 marzo, 2024

Hasta el 1 de octubre puedes solicitar la Beca General para Estudios Postobligatorios que convoca el Ministerio de Educación

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El Ministerio de Educación publica la RESOLUCIÓN DE 16 DE AGOSTO DE 2018, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL POR LA QUE SE CONVOCAN BECAS DE CARÁCTER GENERAL PARA EL CURSO ACADÉMICO 2018-2019, PARA ESTUDIANTES QUE CURSEN ESTUDIOS POSTOBLIGATORIOS.
ESTUDIOS:
Pueden solicitar estas becas los estudiantes que estén matriculados en el curso 2018-2019 en alguno de los siguientes niveles:
  • Primer y segundo cursos de Bachillerato.
  • Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
  • Enseñanzas artísticas profesionales.
  • Enseñanzas deportivas.
  • Estudios de idiomas en Escuelas Oficiales, incluida la modalidad de distancia.
  • Enseñanzas artísticas superiores.
  • Estudios religiosos superiores.
  • Estudios militares superiores.
  • Cursos de preparación para pruebas de acceso a la Formación Profesional impartidos en centros públicos y privados concertados.
  • Formación Profesional Básica.
  • Enseñanzas universitarias del sistema universitario español cursadas en centros españoles y con validez en todo el territorio nacional:
  • Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster.
  • Curso de preparación para acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
  • Complementos de formación para acceso u obtención del título de Máster y créditos complementarios para la obtención del título de Grado. No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, estudios de especialización ni títulos propios de las universidades.

REQUISITOS GENERALES:

1. No estar en posesión de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
2. Estar matriculado en alguna de las enseñanzas del sistema educativo español comprendidas en la convocatoria.
3. Ser español, o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.
4. Reunir el resto de requisitos académicos y económicos que especifica la convocatoria.REQUISITOS ACADÉMICOS:

REQUISITOS ECONÓMICOS:

  • No superar determinados niveles de renta y patrimonio familiares. A efectos de las becas y ayudas al estudio del curso 2018-2019, se computará el ejercicio 2017. A continuación se presentan los umbrales de renta.
  • Ver requisitos económicos.


OTROS REQUISITOS:

  • Además de los requisitos anteriores, hay que tener en cuenta que se deben reunir también otras condiciones para obtener determinados componentes de la beca.
  • Los alumnos que resulten beneficiarios de beca, como perceptores de una subvención estatal, están obligados a destinar la beca a la finalidad para la que se concede. Se entenderá que no se cumple este requisito cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
  1. Haber causado baja de hecho en el centro durante el curso.
  2. No haber asistido al 80 % o más de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización.
  3. No haber superado el 50 por ciento de las asignaturas o créditos matriculados, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria.
En estos supuestos, el alumno deberá reintegrar el importe de la beca percibida.
CUANTÍAS:

FIJAS:

A) Gratuidad de la matrícula (Universitarios): Se aplicará el umbral 2.
B) Cuantía fija ligada a la renta del solicitante: 1.600,00 euros. Se aplicará el umbral 1.
C) Cuantía fija ligada a la residencia del solicitante durante el curso: 1.500,00 euros. Se aplicará el umbral 2.
D) Cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico: Entre 50 y 125 euros. Se aplicará el umbral 3.

E) Beca básica: 200,00 euros para quien no opte a la cuantía fija ligada a la renta. Se aplicará el umbral 3.

VARIABLE:
F) Cuantía variable y distinta para los diferentes solicitantes que resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar y cuyo importe mínimo será de 60,00 euros. Se aplicará el umbral 2.

PLAZO de presentación de la solicitud: 

  • Estudios no universitarios: Desde el 17 de agosto hasta el 1 de octubre del 2018. 
  • Estudios universitarios: Desde el 17 de agosto hasta el 15 de octubre del 2018. 
La SOLICITUD se presenta mediante formulario on-line a través de la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional. No hay que aportar documentación pues las unidades encargadas de la tramitación consultarán y obtendrán de la administración correspondiente todos los datos necesarios para verificar que se reúnen los requisitos generales, académicos y económicos.
Sólo en determinados supuestos muy específicos se deberá aportar la documentación concreta que se le especificará en el formulario.ENLACES:

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